¿Cómo se coordina un vuelo de dron en espacio aéreo controlado? Pasos y plazos oficiales
Pides la coordinación al proveedor de tránsito aéreo explicando por qué tu operación tiene que hacerse en ese lugar; el proveedor tiene un mes para darte la información con la que planificar; tú le envías la planificación con tus datos y medidas de atenuación, y él tiene otro mes como máximo para coordinarse contigo, avisándote con al menos 72 horas de antelación. Si pasa ese mes sin acuerdo, la solicitud se entiende denegada.
¿Cuándo hay que coordinar?
Siempre que vayas a volar en espacio aéreo controlado o en una FIZ fuera del caso sencillo (VLOS, 60 metros como máximo y fuera de las zonas de aeródromos), y en las zonas de UAS del entorno de aeródromos y helipuertos. La coordinación se hace con el proveedor de servicios de tránsito aéreo o con el gestor del aeródromo, según el Anexo A de la guía de zonas geográficas de AESA.
¿Cuáles son los pasos?
- Solicitud. Das información suficiente sobre el motivo y las características de las operaciones, y justificas por qué deben hacerse necesariamente en ese lugar.
- Respuesta del proveedor (un mes). Si tu operación encaja en un procedimiento de coordinación de tipo, te responderá afirmativamente en un mes. Si no encaja, en ese mismo plazo te dará la información necesaria para planificar o las razones por las que no es posible.
- Tu planificación. Envías la planificación basada en esa información, con las medidas de atenuación y tus datos.
- Ajustes. Te pueden pedir que completes información, que cambies fecha u hora, que añadas medidas o que el UAS lleve equipos concretos. Puedes aceptarlo o proponer alternativas, en tantas rondas como haga falta.
- Coordinación. Se fija en la fecha más próxima posible, avisándote con al menos 72 horas de antelación, salvo que acordéis otro plazo.
¿Qué datos tienes que aportar?
- Nombre y apellidos, o razón social y representante si es una empresa.
- DNI, NIE, pasaporte (extranjeros no residentes) o NIF.
- Teléfono y correo electrónico de contacto.
- Número de registro de operador de UAS, si estás obligado a registrarte.
- Número de serie de cada UAS e indicación de si lleva sistema de identificación a distancia.
¿Qué equipos pueden exigirte?
Los proveedores de tránsito aéreo pueden pedir comunicación por voz entre la estación de control y la dependencia, luces anticolisión o de navegación y transpondedor u otro sistema de identificación. Los gestores de aeródromos pueden pedir un equipo de comunicaciones bidireccionales. Si se usa la banda aérea, el piloto necesita el certificado de radiofonista.
¿Cuánto tarda y cuándo se entiende denegada?
Los proveedores tienen un mes como máximo para coordinarse desde que les envías la planificación completa, o desde tu respuesta al último requerimiento o propuesta de cambios. La coordinación solo puede denegarse por escrito y de forma motivada, cuando el riesgo siga siendo inaceptable pese a las medidas.
Si pasa un mes sin acuerdo desde tu último envío, la solicitud se entiende denegada tácitamente. Aun así, la coordinación puede acordarse después aunque haya vencido el plazo.
¿Qué hace AERIA en este proceso?
AERIA detecta en el mapa qué proveedor y qué zonas afectan a tu vuelo, prepara la solicitud y la planificación con tus datos y los de tu flota, la envía y hace el seguimiento de cada dependencia. Te avisa cuando hay respuesta. La decisión siempre es del proveedor o del organismo competente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda ENAIRE en coordinar un vuelo de dron?
El procedimiento de AESA fija un máximo de un mes desde que el proveedor tiene toda la información, con aviso al operador de al menos 72 horas antes de la fecha coordinada.
¿Qué pasa si no me contestan en un mes?
La solicitud se entiende denegada tácitamente, aunque la coordinación puede acordarse más tarde.
¿Me pueden pedir que cambie la fecha del vuelo?
Sí. El proveedor puede requerir cambios de fecha u hora, más medidas de atenuación o equipos concretos, y tú puedes aceptarlos o proponer alternativas.
Fuentes oficiales
- Guía sobre requisitos y limitaciones al vuelo de UAS en zonas geográficas (AESA, UAS-OPR-P01-DT15 Ed. 03)
- Real Decreto 517/2024, régimen jurídico de la utilización civil de UAS (BOE)
- ENAIRE Planea
Actualizado el 19 de octubre de 2026. Este contenido es informativo. AERIA no autoriza vuelos: la responsabilidad es siempre del piloto y del operador. Comprueba la normativa vigente y las zonas antes de volar.
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